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¿Qué es un contrato de arras en la compraventa de un inmueble?

 

Sabemos que cuesta mucho encontrar esa vivienda en Salamanca que se adapta a tus necesidades y a lo que tienes en mente. Después de mucho pensar por fin eliges ese inmueble en el que seguir creando recuerdos y es entonces cuando aparece el miedo a que el proceso de formalizar la compra se alargue y te quedes sin la casa deseada. Para evitar que eso pase y garantizar el acuerdo de compraventa existe el contrato de arras. En Ática Inmobiliaria te resolvemos todas esas dudas que te surgen sobre el contrato de arras. 

¿Qué se entiende por contrato de arras? 

El contrato de arras es un acuerdo entre el vendedor y el comprador en el que se pacta la reserva del inmueble y se retira del mercado inmobiliario de Salamanca cuando el comprador entrega como adelanto un 10%-15% del precio final de la vivienda. Así, se da conformidad al acuerdo de compraventa y garantiza el cumplimiento de los términos de compraventa. 

¿Qué tipos de contrato de arras existen?

Arras penitenciales

Las arras penitenciales son las más usadas y recomendadas porque permiten a ambas partes no continuar el proceso de compra. Cuando el comprador incumple el contrato se perderá la cantidad abonada en concepto de arras. Si es el vendedor quien se desvincula deberá abonar el doble de la cantidad que entregó el comprador. 

Arras confirmatorias

En el caso de las arras confirmatorias son una constatación de que existe un acuerdo de compraventa y el coste entregado representa una señal del contrato o anticipo del precio final. Ninguna de las partes tiene derecho a desistir del contrato y si ocurre la parte afectada puede exigir una indemnización o la finalización de la venta a través de una demanda en la que el juez decidirá.

 

Arras penales

Este tipo de arras son las menos habituales y suponen que tanto el comprador como el vendedor puedan desvincularse de la compraventa mediante el pago de una penalización pactada en el contrato. La cuantía de compensación no responde a la cantidad pagada, sino que se fija libremente. 

Pasos a seguir para firmar un contrato de arras 

Algunas de las consideraciones a tener en cuenta previas a la firma por ambas partes hacen referencia a visitar la vivienda para comprobar que está en buen estado, verificar que no hay impagos en el IBI o revisar la titularidad y cargas de la vivienda. La información mínima que debe aparecer en el contrato de arras es: 

  • Datos personales del vendedor y comprador y su correspondiente firma para tener validez
  • Descripción del inmueble, el precio de compraventa y forma de pago con la cantidad de dinero entregada como señal.  
  • Tiempo máximo para determinar el contrato de compraventa 
  • Repartición de los posibles gastos producidos en la compraventa 

¿Cuándo se firma el contrato de arras?

El contrato de arras se firma una vez el comprador se decide y quiere reservar la vivienda. Lo más frecuente es establecer un periodo de 3 meses desde que se formaliza el contrato de arras hasta que se firma la escritura de compraventa porque debe ser suficiente para poder realizar todos los trámites. 

Si te ha quedado alguna pregunta sobre el contrato de arras contacta con Ática Inmobiliaria sin compromiso y recibirás el mejor asesoramiento de nuestro equipo de profesionales con 10 años de experiencia. En el caso de que necesites firmar un contrato de arras seremos los intermediarios y depositarios para garantizar las mejores condiciones. 

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